Los bancos tendrán que preavisar a las Pymes con tres meses antes de cerrarles el crédito

 Entre las principales novedades que se incluyen en el Anteproyecto de Ley sobre Fomento de la Financiación Empresarial, destacamos el sistema de preaviso por parte de las entidades de crédito que tendrán que ofrecer preavisos de, al menos, 3 meses e información específica sobre la situación crediticia de aquellas Pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o notablemente reducida.

El Consejo de Ministros del pasado 28 de febrero de 2014, ha recibido sendos informes del ministro de Economía y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley para el Fomento de la Financiación Empresarial, cuyo objetivo es hacer más accesible y flexible la financiación a las pymes y, en particular, sentar las bases para fortalecer las fuentes de financiación directa; y sobre el Anteproyecto de Ley de Entidades de Capital Riesgo, que persigue impulsar esta fórmula con la misma finalidad de mejorar la financiación de las pymes, así como incorporar Derecho de la Unión Europea respecto de los llamados fondos de inversión alternativa. El Consejo de Ministros ha analizado, además, otro informe sobre refinanciación y reestructuración de deuda empresarial para una posterior aprobación.

images

Fomento de la financiación empresarial

Las principales novedades en el Anteproyecto de Ley sobre Fomento de la Financiación Empresarial son las siguientes:

  •  Sistema de preaviso por parte de las entidades de crédito. Se obliga a las entidades de crédito a ofrecer preavisos de, al menos, tres meses e información específica sobre la situación crediticia de aquellas Pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o notablemente reducida.
  • Mejora del funcionamiento de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Se establece que el reaval de la Compañía Española de Reafinanciamiento (CERSA) se active ante el acreedor en caso de incumplimiento de la Sociedad de Garantía Recíproca tras el primer requerimiento. Adicionalmente, en aras de fortalecer la gestión, profesionalidad y buen gobierno de estas Sociedades se extenderán a sus directivos los requisitos de honorabilidad, conocimiento y experiencia propios de las entidades de crédito.
  • Régimen jurídico específico para los establecimientos financieros de crédito. Se dotará a estas entidades del marco jurídico más eficaz para mantener y potenciar su actividad. Estarán plenamente orientadas a la financiación empresarial y del consumo por canales alternativos a los estrictamente bancarios.
  • Mejora de la regulación de las titulizaciones en España. Se propone la adopción de reformas con un doble objetivo: por una parte, se trata de flexibilizar el régimen jurídico de las titulizaciones para adecuar este instrumento a las actuales demandas del mercado financiero, en línea con los países más avanzados en la materia; se persigue, además, aportar la máxima seguridad jurídica y dar respaldo legal a la operativa habitual en el ámbito de las titulizaciones.
  • Potenciar el funcionamiento del Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Se trata de facilitar el tránsito de las sociedades desde la Bolsa hacia este sistema alternativo de negociación. Para ello se sustituirá el requisito de presentar una OPA de exclusión por otro mecanismo menos oneroso, que garantice una adecuada protección de los inversores minoritarios. Se flexibiliza el tránsito desde el propio Mercado Alternativo hacia la Bolsa de aquellas compañías cuyo desarrollo y crecimiento exige la cotización en este mercado oficial.Mejora del régimen de emisión de obligaciones. Se introducen diferentes medidas en la regulación mercantil, tendentes a facilitar el acceso directo de las compañías españolas a los mercados de deuda mediante la eliminación de límites a la emisión de obligaciones.
  •  Regulación del «crowdfunding». En línea con las consultas realizadas en otros países de nuestro entorno, se incluye en el Anteproyecto de Ley una propuesta preliminar de regulación en la que se fijan las condiciones para el funcionamiento de este nuevo sistema, basado en plataformas electrónicas que contactan directamente inversores y proyectos. El objetivo es impulsar una nueva herramienta de financiación directa de proyectos empresariales en sus fases iniciales de desarrollo, al tiempo que se protege a los inversores. Para ello, se fijan las obligaciones de estas plataformas garantizando que sean transparentes y que los inversores dispongan de información suficiente. Se fijan límites por inversor tanto por proyecto (3.000 €) como por plataforma (6.000 € por año).

Por cualquier duda o aclaración puede contactar con nuestro despacho.

 

Asesoría Toledo, expertos en su tranquilidad.