Declaración de IVA, Renta y Patrimonio, retenciones y pagos fraccionados

Le recordamos que en el mes de abril debe hacer la presentación del IVA, de las retenciones a cuenta de Renta y del pago fraccionado de Sociedades (ejercicio  en curso) y Renta (en este caso para empresarios y profesionales en estimación directa y objetiva), sin olvidarnos que también podrá presentar por Internet la declaración anual 2013 del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio desde el 23 de abril hasta el 30 de junio (con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 25 de junio).

 

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IVA, RETENCIONES Y PAGOS FRACCIONADOS

En concreto, el próximo día 21 de abril (22 en aquellas CC.AA. en las que le 21 sea festivo) se ha de presentar y en su caso proceder al ingreso del 1º TRIMESTRE 2014 correspondiente al IVA y al pago fraccionado del IRPF en relación a las actividades empresariales y profesionales, así como al ingreso de las retenciones sobre los alquileres de locales de negocio y sobre las rentas de capital.

En el caso de sociedades, les recordamos también que el próximo día 21 de abril (22 en aquellas CC.AA. en las que le 21 sea festivo) finaliza el plazo para presentar el primer pago fraccionado de 2014 del Impuesto sobre Sociedades.

Aquellas Sociedades que tengan la condición de gran empresa (volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 Euros durante los 12 meses anteriores al inicio del período impositivo a cuenta del cual se realizan los pagos fraccionados), deben presentar obligatoriamente el modelo 202, con independencia de que no deban efectuar ingreso alguno en concepto de pago fraccionado.

Dicho modelo 202 debe presentarse por vía telemática (aún cuando en consecuencia fuera «cuota cero»), siempre observando el plazo máximo de presentación, que finaliza el próximo 21/22 de abril (salvo que se domicilie el pago, en cuyo caso el plazo de presentación finaliza el próximo 14 de abril).

 

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DECLARACIÓN DE RENTA Y PATRIMONIO. EJERCICIO 2013

También le recordamos que en el BOE del día 24 de marzo se ha publicado la Orden HAP/455/2014, de 20 de marzo, que aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2013, con lo que arranca la campaña de presentación de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2013.

Entre las novedades para este ejercicio podemos destacar en el IRPF las siguientes:

  •  Supresión de la deducción por vivienda habitual, con aplicación del régimen transitorio para las adquisiciones, construcciones, rehabilitaciones o ampliaciones o para las obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad satisfechas antes de 01-01-2013.
  •  Distinción entre las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con un año o menos de antelación y los adquiridos con más de un año o más de antelación a la fecha de transmisión.Esta modificación va acompañada de un  cambio en el régimen de integración y compensación de rentas.
  •  Nuevo supuesto de reducción del 20% del rendimiento neto de la actividad económica para los contribuyentes que inicien una actividad económica en el ejercicio.
  •  Nueva deducción del 20% por la inversión en empresas de nueva o reciente creación (“Business angel”).
  •  Nueva exención por reinversión en el supuesto de transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.
  •  Nueva deducción por inversión de beneficios.
  •  Limitación de la reducción del 40% a las indemnizaciones elevadas que provengan de una relación laboral o estatutaria.
  •  Suprime del límite actualmente aplicable (15.500€) a la exención en el IRPF de las prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único.

 

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En cuanto a los plazos de presentación de la declaración del IRPF e Impuesto sobre el  Patrimonio:

 

  • Presentación de la declaración por vía electrónica a través de Internet: entre los días 23 de abril y 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
  • Presentación de la declaración por cualquier otro medio: entre los días 5 de mayo y 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
  • Confirmación del borrador: a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
  • En el caso de domiciliación bancaria de las declaraciones: desde el 23 de abril hasta el 25 de junio de 2014, ambos inclusive.

 

Como siempre estaremos a su disposición para resolver cualquier duda o ampliar la información que precise.