Con fecha 09 de marzo de 2015 se han publicado en el Diario Oficial de la Provincia de Guadalajara las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo local mediante la contratación de jóvenes y trabajadores desempleados en situación de riesgo de emergencia social en 2015.
1. Objeto.
La orden tiene por objeto la concesión de subvenciones para el fomento del empleo local mediante la contratación laboral de jóvenes y trabajadores desempleados en situación de emergencia social en 2015 y empadronados en el municipio de Guadalajara.

2. Contratos Subvencionables.
Son subvencionables los contratos de trabajadores de carácter temporal o indefinido que se realicen a tiempo completo, con una duración mínima de 3 meses y hasta el 15 de abril de 2015, efectuados con jóvenes y personas desempleadas que cumplan los siguientes requisitos:
• Personas empadronadas en el municipio de Guadalajara con una antigüedad mínima de 6 meses con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
• Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de empleo de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha con carácter previo a la contratación y con una antigüedad mínima de seis meses; exceptuando las mujeres con hijos menores de tres años que en este caso la antigüedad mínima de inscripción es de un mes.
• Personas inscritas y con ficha activa en la Oficina de Empleo del Ayuntamiento de Guadalajara (OLED).
Se entiende por riesgo de emergencia social en esta convocatoria, la situación en la que se encuentra una persona en situación de vulnerabilidad como consecuencia de un desempleo continuado. Se considera en esta situación las personas desempleadas que pertenece a alguno de los colectivos que a continuación se detallan:
• Jóvenes menores de 30 años.
• Mujeres mayores de 30 años.
• Parado/as de larga duración.
• Mayores de 55 años.
• Trabajadores desempleados que, habiendo trabajado previamente, no hayan trabajado más de 6 meses en los últimos 4 años.
• Personas en las que les reste seis meses o menos para obtener pensión de jubilación.
• Mujeres con hijos menores de tres años.

3. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 45 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de laS bases reguladoras en el BOP de Guadalajara, siendo la fecha tope de presentación el 23 de abril de 2015.

Fomento Empleo Local Guadalajara

Fomento Empleo Local Guadalajara

4. Requisitos de los beneficiarios.
El requisito más significativo que deben cumplir las empresas ya sean personas físicas o jurídicas de carácter privado, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro para ser beneficiarios de la orden de 09 de marzo de 2015 son; Tener domicilio fiscal o centro de trabajo en Guadalajara.
5. Obligaciones.
Entre otras, la empresa tiene obligación de mantener el contrato de trabajo objeto de la subvención durante un periodo mínimo de tres meses y ser este a jornada completa.
6. Cuantía.
La ayuda tiene por finalidad la financiación de los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación, se entienden por incluidos en los costes salariales la indemnización de vacaciones retribuidas y no disfrutadas y la indemnización por fin de contrato.
La cuantía máxima total de la ayuda será de 3.100,00€ por cada contratación mínima de tres meses a jornada completa. Si la contratación se realiza de modo indefinido la ayuda se incrementará en 1.000,00€ adicionales.