Semana complicada y movidita ésta en la que nos encontramos: Grecia a punto de quebrar, Portugal en la recámara, Garzón culpable por unanimidad, la Reforma Laboral agresiva (De Guindos dixit) a punto de salir y el caso Contador en el horizonte.
Me gustaría primero aclarar un concepto. El de Responsabilidad Objetiva, para ello, intentaré explicar primero, uno de los conceptos, que a uno le intentan enseñar en primero de Derecho: La Responsabilidad Jurídica.
La Responsabilidad Jurídica viene a ser, por usar palabras llanas, el hecho por el que podamos imputar a alguna persona, bien porque dicho hecho haya sido causado o consecuencia de un acto suyo (Responsabilidad Subjetiva) o simplemente porque el hecho en sí haya ocurrido (Responsabilidad Objetiva).
Esto es, Pepito, le pega un tiro a Juanito, tenemos un hecho (el tiro) con unas consecuencias, de las que deviene una Responsabilidad, en este tipo Subjetiva, puesto que se imputará a Pepito, porque le ha pegado el tiro a Juanito (con independencia de si había dolo o no en tal acción). Por el contrario, Juanito va por la calle y le cae en la cabeza un coco de un cocotero, que es propiedad de Pepito, tenemos un hecho (el cocotazo), con unas consecuencias, de las que deviene una Responsabilidad, en este tipo Objetiva, puesto que se imputará a Pepito, porque tiene un cocotero, que le ha pegado un cocotazo a Juanito.
Pues bien, en el caso de la sanción de Contador, de la Sentencia del TAS, se parte de la Responsabilidad Objetiva del deportista. Esto es, ha dado positivo: SI. Por tanto existe Responsabilidad por su parte, excepto que él demuestre de donde proviene el origen de ese positivo. Ha demostrador Contador el origen de ese positivo: NO. Luego es evidente, que tenga que haber sanción y que dicha sanción tenga que ser por dos años.
Hay una corriente de opinión que dice que es injusto porque no hay pruebas y le condenan sin pruebas: FALSO, hay pruebas, la prueba es el positivo que dio. Que era muy poca cantidad: LA SUFICIENTE, el clembuterol no admite ninguna cantidad o sea como la cerveza: 0.0. Luego podemos hablar de todos los ceros del mundo, picogramos y demás historias. También hay una corriente de opinión que dice que el clembuterol no mejora el rendimiento de los deportistas: FALSO, el clembuterol se usa como “enmascarador” para tapar otros productos que si que mejoran el rendimiento.
No quiero entrar a opinar, sobre el rastro de clembuterol que hay en otro análisis anterior, ni en los rastros de plástico que había en la sangre (indicio este, de que pudiere haber pasado la sangre por una bolsa y por tanto, de que se hubiere realizado una autotransfusión), pero también son datos ciertos, que están ahí, fácilmente comprobables y que por tanto se han de valorar.
Y que conste que yo no estoy diciendo aquí, que Contador haya usado esto o lo otro o que se haya dopado, simplemente digo que dio positivo, y que en España en lugar de sancionarle con dos años, solo se le sancionó con uno, por la gestión de Zapatero y Rajoy, entre otros, (se conoce que no hay problemas en nuestro país para que “estos dos” se ocupen de otras cosas), y que él, solo él (Alberto) de manera voluntaria, optó por acudir al TAS, para recurrir dicha sanción.
Sanción que el TAS, con la aplicación de la normativa en la mano, ha dejado en dos años. Ahora se está intentando desacreditar al TAS (organismo privado, no lo olvidemos, o sea no es una corte judicial al uso), pero el TAS era así, antes de que Alberto Contador recurriera a él y también después: O sea él sabía el sitio al que iba. Como también sabía, o debía saber al menos, lo que contenía aquel legendario solomillo que según él comió y le hizo dar positivo. NO, no me creo que alguien vaya de París a Irún a comprar carne y no se acuerde del sitio donde la compró.
Podemos hablar de injusticia o dejadez, en el excesivo tiempo en que se ha resuelto la cuestión: DE ACUERDO. En que se le hayan dejado correr habiendo recurrido: DE ACUERDO, en mi opinión, NO DEBERÍA HABER CORRIDO, puesto que ha perjudicado a todos los demás corredores y a la imagen del ciclismo, del deporte español y de SECTOR GANADERO EN ESPAÑA. Porque no nos engañemos, ¿qué foto va a tener el segundo del Giro, ahora cuando le proclamen ganador?¿Cuando un deportista venga a España va a comer carne, o va a tener miedo de que esté contaminada?
Cuestión aparte, es la vergonzante imagen que están dando algunos medios de comunicación franceses, ridiculizando al deporte español. Ellos mismos se han retratado como son, con sus envidias, con sus insidias y con sus calumnias. Si, se han pasado tres pueblos, pero Contador con su actitud, con su derecho al pataleo, les ha dado pie. Luego a ellos se les ha ido la mano, aunque creo que esa no es la imagen que de nosotros tienen en Francia, pero ese amarillismo, por desgracia vende.
Como vende en nuestro país, el defender a deportistas que mancillan nuestra imagen, como país y que se buscan las habichuelas para librarse de las sanciones en nuestro país, aunque por suerte, al final acaban cayendo. Cayó por dos años, el que pilló el Comité Olímpico Italiano, ha caído Contador y seguramente terminará cayendo, alguna aforada, que no tiene causa penal pendiente por un error de la Guardia Civil, pero en cuyo sumario se puede leer claramente, que ha quedado demostrado el consumo de sustancias dopantes por su parte, aunque ella diga que hablaba de pendientes. Por tanto, creo y considero que los tres son MERECEDORES DE SANCIÓN y como tal lo celebraré cuando caiga “la de la cinta”. Que la fuerza os acompañe.