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CIRCULAR INFORMATIVA 1309. NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

CIRCULAR INFORMATIVA 1309. 

NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. 


Durante este año la Tesorería General de la Seguridad Social implantará de forma gradual la obligatoriedad del SISTEMA DE COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS, tal y como prevé la Orden ESS/485/2013.


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Según la citada Orden, estarán obligadosa recibir telemáticamente las comunicaciones y notificaciones que les dirija la Seguridad Social:

·           Los sujetos que estén OBLIGADOSa incorporarse al SISTEMA RED:
       Las Empresas, Agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta, con algunas particularidades y excepciones.
       Los  trabajadores incluidos en el RETA (Autónomos), con excepción de los correspondientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, sólo cuando al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por dicho sistema los datos relativos a sus trabajadores, en cuyo caso también estarán obligados a transmitir por el mismo sistema sus propios datos como trabajadores autónomos.
Sujetos no obligados al Sistema RED según la nueva Orden ESS/484/2013:
       Régimen General: colectivos de profesionales taurinos,  representantes de comercio, Sistema Especial para Empleados de Hogar y Sistema Especial de la Industria Resinera.
       Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, respecto a los trabajadores por cuenta propia.
·          Los sujetos que estén adheridos voluntariamente al SISTEMA RED.
Las notificaciones telemáticas se realizarán mediante el sistema de comparecencia en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

Para el acceso será necesario cumplir con determinados requisitos  técnicos y disponer de  certificado electrónico homologado.

Los sujetos obligados recibirán por correo postal “carta” la notificación de la resolución sobre su inclusión en el sistema, y quedarán obligados a comparecer en SEDESS para recibir las notificaciones en forma telemática en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la resolución sobre su inclusión en el sistema.
Por cualquier duda o aclaración puede contactar con nuestro despacho.
Asesoría Toledo, expertos en su tranquilidad. 
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Pedro Toledo

Abogado laboralista, fiscalista y gerente de Asesoría Toledo.
Más de 30 años ayudando a empresarios a tomar decisiones con criterio y visión.

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