Con fecha 28 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Castilla La Mancha las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha.

  1. Objeto

La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión ayudas para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha.

 

  1. Líneas Subvencionables.

Las ayudas se rigen a través de dos líneas de subvención las cuales a continuación se detallan:

  1. Línea de apoyo a la iniciativa empresarial de microempresas: cuyo objeto es subvencionar la inversión para proyectos empresariales, industriales o de servicios promovidos por éstas; siempre que la actividad principal se encuadre bajo los epígrafes de Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-09):

 

  • – Hoteles y alojamientos similares.
  • – Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
  • – Campings y aparcamientos para caravanas.
  • – Otros alojamientos.
    Plan Adelante

    Plan Adelante

  • – Restaurantes y puestos de comida.
  • – Establecimientos de bebidas.
  • – Otras actividades recreativas y de entrenamiento.

La proyectos de la presente línea, no podrán ser inferiores a una inversión de 5.000 Euros y no podrán ser superiores a una inversión de 100.000 Euros.

  1. Línea de apoyo a la creación y consolidación de las industrias en Castilla-La Mancha: cuyo objeto es subvencionar la inversión para proyectos empresariales, industriales del sector del comercio y de servicios(hoteles, alojamientos turísticos, restaurantes y actividades de depósito  y almacenamiento) promovidos por pymes, encuadrados  en la sección C(industria manufacturera) CNAE-09 al igual serán subvencionables los proyectos empresariales que se encuentren en las secciones G, sección I bajo los códigos 5510, 5520, 5610 y 5210 y  sección H  del CNAE-09.

Los proyectos de la presente línea, no podrán ser inferiores a una inversión de 55.000 Euros y no podrán ser superiores a una inversión de 900.000 Euros.

 

  1. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes hasta el 31 de marzo de 2016.

 

  1. Requisitos de los beneficiarios.

Los requisitos comunes entre otros, para las dos líneas de subvención son:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, en las obligaciones Tributarias tanto con la Administración estatal como regional y frente a Seguridad Social
  • Que la actividad económica objeto de la subvención se realice dentro de Castilla-La Mancha.
  • No tener la consideración de empresa en crisis

Existiendo requisitos específicos para cada una de las diferentes líneas de ayuda.

 

  1. Obligaciones

Son de obligación para el beneficiario:

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y poner en marcha la actividad que fundamenta la concesión de la subvención dentro del plazo de ejecución previsto en la resolución de concesión.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizar los órganos de control competentes tanto regionales y nacionales como comunitarios.
  • Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del proyecto o actuación del objeto de la subvención.
  • Comunicará a la Dirección a la Dirección General competente en materia de incentivación empresarial en un plazo NO superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos o las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión.

Para cualquier duda o aclaración puede contactar con este despacho.

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Tanto si ya es cliente de este despacho, como si no lo es, no dude en preguntar por él.