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El  día  7  de  Julio   pierden  su  vigencia  todos   los  Convenios  Colectivos,  cuya renovación  no se haya  producido durantelos  12 meses  siguientes a la denuncia, a la entrada en vigor  de la Ley  3/2012 do6 de julio,  de reforma laboral,  que no tengan  pacto  expreso yclaro  de prórroga.

Las consecuencias deno haber  renovado el Convenio, oque no se haya  dictado Laudo  Arbitral, genera  que   el Convenio anterior desde  el día 8 de julio  pierde su  vigencia, pasandoa aplicarse “El  Convenio de ámbito territorial Superior, SI  EXISTIESE, todo  ello  según  determina la  Ley referida y el artículo 86.3  del Estatuto delos Trabajadores.

Para  el supuesto deexistencia de Convenio de ámbito Superiory que se haya producido su  aplicación,  prevalece éste,  sobre  el  convenio de  ámbito Inferior, aunque    haya  finalizado su  negociación posteriormente,  produciendo  su  efecto, cuando finalice el  Convenio de ámbito Superior. Como    consecuencia de   lo   referido, las Empresas deberán   comunicar “EXPRESAMENTE” a  todos   sus  Trabajadores,  lo  recogido  anteriormente  en cuanto   a la  finalización del  convenio, o a la  aplicación de  otro  superior, o a la existencia  de  pacto   de  empresa,  o  negociar un nuevo   pacto   de  empresa,  si procede, recogiendo  los conceptos  que  se deseen negociar.


Si se ha producido laextinción de la vigencia del Convenio atodos  los efectos, y no existe  otro  que se deba aplicar,   ello  conlleva la finalización de la obligación de  aplicar las   cláusulas de  dicho  convenio. Por  ejemplo el  salario  convenio, la jornada, etc.  pierde su  vigencia,y  se  podrán   aplicar, las  garantías  mínimas del Estatuto  de   los Trabajadores, excepto   cuando las cláusulas   acuerdos contractuales, que  el trabajador individualmentehaya  firmado con  la  Empresa.


En   el  supuesto  de   modificación  de  las         condiciones actuales,  ésta   deberá comunicarse a sus trabajadores y se deberá realizar dos nóminas en el mes de julio. Una desde el 1 de julio de 2013 hasta el 7 de julio de 2013 y otra a partir de 8 de julio de 2013


Para cualquier duda o aclaración puede contactar con nuestro despacho.

Asesoría Toledo, expertos en su tranquilidad.



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