Como hemos venido informando,  la Reforma Fiscal endurece los requisitos para poder acogerse al régimen de módulos, además de eliminar muchas actividades que no podrán incluirse en el mismo, con lo que habrá muchos empresarios que no podrán aplicarlo, para 2.016.

Los nuevos límites son los siguientes:

Ventas a empresarios y particulares superiores a 150.000 Euros. Si son actividades agrícolas, ganaderas o forestales, el límite es de 250.000 euros.

Ventas a otros empresarios superiores a los 75.000 euros.

Compras de bienes y servicios (no computa el inmovilizado), superiores a  los 150.000 euros.

Hemos de tener en cuenta que a si el cónyuge, descendiente o ascendiente del titular de la actividad, realizan la misma actividad o alguna que la Agencia Tributaria, pueda considerar muy similar, deberán computarse también sus compras y sus ventas de cara a los límites indicados.

Por tanto, si algún empresario, está o cree estar ante esta tesitura, es interesante que estudie la posibilidad de constituir una Sociedad Limitada para explotar la actividad. Puesto que la tributación puede ser más reducida.

MÓDULOS PARA 2016.

MÓDULOS PARA 2016. Un camión aligerando carga.