Con fecha 04 de marzo de 2015 ha sido publicado en el B.O.P. de Guadalajara las Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones por parte de la Excelentísima Diputación Provincial de Guadalajara, para el mantenimiento de la estructura comercial en el medio rural para el 2015.

La Subvención consiste en una ayuda económica que contribuya a sufragar la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores autónomos, la resolución da derecho al cobro anual del a subvención, salvo que exista algún tipo de modificación de las condiciones por las que se concedió la ayuda.
El beneficiario de la ayuda está obligado a continuar la actividad al menos hasta que se finalice el año 2015.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones para favorecer el mantenimiento y consolidación de la estructura comercial en el casco urbano de los núcleos de población con entidad de nuestra provincia- municipios,

SUBVENCIÓN DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA.

SUBVENCIÓN DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA.

barios y entidades de ámbito territorial inferior al municipio- de hasta 500 habitantes a fecha 01 de enero de 2014; cifra oficial de población resultante de la revisión del padrón municipal a dicha fecha, del Instituto Nacional de Estadística.

Los beneficios de la ayuda serán los trabajadores autónomos que lleven a cabo su actividad en alguno de los núcleos de población anteriormente mencionados y se encuentren dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

Las actividades subvencionables son las encuadradas en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades económicas que a continuación se detalla:

647.1. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
• 647.2./647.3./647.4. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto.
• 662.2. Comercio al por menor de toda clase de artículos incluyendo alimentación y bebidas.
• 673.2. Otros cafes y bares.
• 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.
• 419. Industrias del pan, bollería, pastelería y galletas.
• 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
• 642. Comercio al por menor de carnes, despojos y productos derivados cárnicos.
• 643. Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles.

Los requisitos que deben cumplirse son:
• Que el desarrollo de la actividad sea dentro de los términos establecidos; municipios, barios y entidades de ámbito territorial inferior al municipio- de hasta 500 habitantes.
• Que al menos una de la actividades anteriormente relacionadas y por la cual se solicita la ayuda se venga ejerciendo con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
• Que el solicitante no se encuentre inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública.
• Que el beneficiario se encuentre al corriente de pago en sus con la Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Excma. Diputación Provincial, tanto en el momento de la solicitud como en el de la justificación.
• Que la actividad se desarrolle en el casco urbano de un núcleo de población de la provincia de Guadalajara con una población de hasta 500 habitantes.