Con fecha 04 de noviembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo local mediante la contratación de jóvenes y trabajadores desempleados en situación de riesgo de emergencia social en 2015.
- Objeto
La orden tiene por objeto la concesión de subvenciones para el fomento del empleo local mediante la contratación laboral de jóvenes y trabajadores desempleados en situación de emergencia social en 2015 y empadronados en el municipio de Guadalajara.
- Contratos Subvencionables.
Son subvencionables los contratos de trabajadores de carácter temporal con una duración mínima de 3 meses que se realicen a jornada completa o a jornada parcial y los contratos indefinidos con una duración mínima de 6 meses que se realicen a tiempo completo y hasta el 30 de noviembre de 2015, efectuados con jóvenes y personas desempleadas que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas empadronadas en el municipio de Guadalajara con una antigüedad mínima de 1año con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
- Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de empleo de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha con carácter previo a la contratación.
- Personas inscritas y con ficha activa en la Oficina de Empleo del Ayuntamiento de Guadalajara (OLED).
Se entiende por riesgo de emergencia social en esta convocatoria, la situación en la que se encuentra una persona en situación de vulnerabilidad como consecuencia de un desempleo continuado. Se considera en esta situación las personas desempleadas que pertenece a alguno de los colectivos que a continuación se detallan:
- Jóvenes menores de 30 años.
- Mujeres mayores de 30 años.
- Parado/as de larga duración.
- Mayores de 55 años.
- Trabajadores desempleados que, habiendo trabajado previamente, no hayan trabajado más de 6 meses en los últimos 4 años.
- Personas en las que les reste seis meses o menos para obtener pensión de jubilación.
- Mujeres con hijos menores de tres años.
Siendo el número máximo de contratos a subvencionar por empresa de cuatro.
- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día 05 de noviembre de 2015 hasta el 30 de noviembre de 2015, ambos inclusive
- Requisitos de los beneficiarios.
El requisito más significativo que deben cumplir las empresas ya sean personas físicas o jurídicas de carácter privado, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro para ser beneficiarios de la orden de 04 de noviembre de 2015 son; Tener domicilio fiscal o centro de trabajo en Guadalajara.
- Obligaciones
Entre otras, la empresa tiene obligación de mantener el contrato de trabajo objeto de la subvención ya sea jornada completa o jornada parcial durante un periodo mínimo de tres meses.
- Cuantía
La ayuda tiene por finalidad la financiación de los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación, se entienden por incluidos en los costes salariales la indemnización de vacaciones retribuidas y no disfrutadas y la indemnización por fin de contrato.
La cuantía máxima total de la ayuda será de 3.100,00€ por cada contratación mínima de tres meses a jornada completa, siendo proporcional para los contratos a tiempo parcial. Si la contratación se realiza de modo indefinido a jornada completa la ayuda se incrementará en 1.000,00€ adicionales.