SUBVENCIÓN A EMPRESAS DE GUADALAJARA PARA EL FOMENTO LOCAL DE EMPLEO, MEDIANTE LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA SOCIAL EN 2.016.
BENEFICIARIOS:
Las subvenciones van dirigidas tanto a personas físicas como jurídicas con domicilio fiscal o centro de trabajo o que desarrollen su actividad económica en el municipio de Guadalajara.
CONTRATOS SUBVENCIONABLES:
Los contratos subvencionables, se deben iniciar o haberse iniciado, entre el día 12 de abril de 2.016 (fecha en la que se aprueba la medida por la Junta del Gobierno Local) y el 31 de octubre de 2.016.
IMPORTES MÁXIMOS A SUBVENCIONAR:
Los Contratos Temporales, con una duración de al menos tres meses y a jornada completa, tendrán un máximo subvencionable de 3.100 Euros. Por contra los contratos indefinidos a jornada completa, tendrán una subvención máxima de 4.100 Euros.
Ayuntamiento de Guadalajara.
REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES A CONTRATAR:
Los trabajadores a contratar deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Estar empadronados en el municipio de Guadalajara con una antigüedad mínima de seis meses con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
– Deben ser personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y pertenecer a alguno de estos colectivos:
- ser menor de 30 años.
- mujeres mayores de 30 años.
- parados de larga duración.
- mayores de 55 años.
- desempleados que no hayan trabajado más de 6 meses en los últimos cuatro años.
- personas a las que les reste seis meses o menos para obtener una pensión de jubilación.
- mujeres víctimas de violencia de género.
- no haber sido objeto de subvención municipal para el fomento de empleo en los dos años previos a la contratación.
- familiares hasta de segundo grado de los administradores, empresarios o socios de los contratantes.
- la Oled, comunica que podría haber alguna exclusión más, para lo cual es posible realizar oportuna consulta con el candidato a contratar.
La Oled, a petición de las empresas que lo soliciten, apoyará en la búsqueda de candidatos objetos de subvención.
DURACIÓN MÍNIMA DE LOS CONTRATOS.
Los contratos subvencionables deberán tener una duración mínima de tres meses a tiempo completo.
NÚMERO MÁXIMO DE CONTRATOS POR EMPRESA.
Cada empresa podrá contratar un máximo de 4 trabajadores.
OLED Guadalajara.
FORMA DE ABONO DE LA SUBVENCIÓN.
El abono de la subvención será del 80% tras la aprobación por la Junta de Gobierno y comunicación y del 20% restante tras la aprobación de justificación por el mismo órgano municipal.
MODELO DE LA SOLICITUD.
El modelo de solicitud se podrá solicitar en la Oled, en el Registro del Ayuntamiento o descargándola desde la página web del Ayuntamiento: www.guadalajara.es BOP de Guadalajara del 22 de mayo de 2.016.
Más Información. OLED (Oficina Local de Empleo y Desarrollo), Centro Municipal Integrado «Eduardo Guitian», Avenida del Vado 15. Guadalajara.
Teléfono: 949 010334 y 949 010335.
E-Mail: oled@aytoguadalajara.es